Expresión de la aserción, la objeción, la opinión. 2026

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By Víctor Villoria

Contenidos del artículo

Expresión de la aserción, la objeción, la opinión, el deseo y la exhortación

I. Expresión de la aserción: oraciones enunciativas

1.1. Características generales de las oraciones enunciativas

Las oraciones enunciativas, denominadas asimismo aseverativas o declarativas, constituyen la categoría modal más fundamental del sistema oracional del español. Estos enunciados establecen una relación de conformidad o disconformidad entre el sujeto gramatical y el predicado verbal, permitiendo afirmar o negar la realidad del contenido proposicional. Desde la perspectiva de la teoría funcional de la comunicación, estas oraciones prevalecen de manera abrumadora en el uso lingüístico ordinario, siendo portadoras fundamentalmente de la función representativa del lenguaje. La característica más distintiva de las oraciones enunciativas radica en que el hablante atribuye realidad objetiva a la relación predicativa, motivo por el cual estas construcciones comportan generalmente el verbo en modo indicativo, indicador gramatical de la actualización del proceso verbal.

Conforme a su estructura formal, las oraciones enunciativas presentan dos variantes fundamentales que se corresponden con su capacidad de afirmar o negar la realidad proposicional. Las construcciones afirmativas, por su parte, carecen de una marcación morfosintáctica especial, actuando como patrón común o estructura de referencia a partir de la cual se determinan las características distintivas de las demás modalidades oracionales. En contraste, las construcciones negativas requieren de la intervención de elementos específicos para expresar la negación de la realidad enunciada. Esta distinción fundamental entre afirmación y negación constituye el eje estructurador de toda la tipología de las oraciones enunciativas.

1.2. Oraciones afirmativas

Las oraciones afirmativas, como se ha indicado anteriormente, presentan una estructura carente de marcadores especiales que señalen explícitamente su carácter de afirmación. La simplicidad formal de estas construcciones les confiere un carácter de norma oracional de referencia, a partir de la cual pueden derivarse y compararse todas las demás modalidades oracionales del español. Para que el predicado verbal convenga al sujeto gramatical, no resulta necesario recurrir a palabras o marcadores específicos; basta con la enunciación natural de ambos términos del juicio gramatical, referidos uno al otro mediante la estructura SVO característica del español actual.

La estructura sintáctica de las oraciones afirmativas puede presentar una considerable variación en cuanto al orden de sus componentes, aunque en la lengua actual predomina la secuencia sujeto-verbo-objeto. Sin embargo, desde una perspectiva pragmática, el cambio de orden de los sintagmas constitutivos puede introducir matices de énfasis o de focalización de información que alteran el peso informativo de los elementos, sin por ello modificar la realidad semántica fundamental de la proposición. La flexibilidad sintáctica del español permite variaciones como «Los niños juegan en el parque», «En el parque juegan los niños» o «Juegan en el parque los niños», donde la información referencial permanece invariable, pero su distribución pragmática cambia sustancialmente.

1.3. Oraciones negativas: estructuras básicas

Las oraciones negativas se caracterizan de manera esencial por la presencia de un adverbio de negación, generalmente «no», que marca el rechazo o la negación de la realidad proposicional. Este adverbio negativo, elemento de naturaleza cuantificadora y con función predominantemente adverbial, se coloca típicamente en posición adyacente al verbo, constituyendo un complejo verbal-negativo que rechaza la validez de la relación predicativa. La posición sintáctica del adverbio «no» es relativamente fija en la estructura oracional, presentándose inmediatamente ante el verbo conjugado, aunque ciertos elementos pronominales clíticos pueden interponerse entre ambos: «No lo he podido arreglar», estructura en la que el pronombre complemento «lo» se sitúa entre la negación y el auxiliar.

La negación puede modificar también elementos oracionales que no sean el verbo finito, generando lo que la gramática tradicional denomina negación de alcance restringido. En estos casos, la negación recae específicamente sobre la palabra o sintagma que inmediatamente sigue al adverbio negativo, pudiendo modificar sustantivos, adjetivos o complementos: «No todos saben cantar bien» expresa negación sobre el cuantificador universal «todos», mientras que «Puede no ser verdad» sitúa la negación sobre la veracidad de la proposición, no sobre la posibilidad modal. Esta distinción es fundamental para comprender las relaciones semánticas entre la negación y los elementos oracionales que modifica.

1.4. Refuerzo de la negación

El español posee un mecanismo extraordinariamente productivo para el refuerzo o intensificación de la negación mediante la acumulación de elementos con valor negativo. Tras una oración negativa introducida por el adverbio «no», pueden emplearse adverbios temporales como «nunca» o «jamás», así como pronombres indefinidos de naturaleza negativa como «nadie», «ninguno» o «nada». Estos elementos, que en su origen etimológico comportaban significación positiva (jamás proveniente de «ya más»; nada de «todas las cosas nacidas»; ninguno de «ni uno»), han experimentado un proceso histórico de gramaticalización que ha invertido completamente su valor semántico, pasando a funcionar como refuerzos de la negación fundamental expresada por «no».

Cuando la negación se expresa mediante varios elementos simultaneados, estos mantienen una particular distribución sintáctica: el adverbio «no» aparece de manera única y antecedente al verbo, mientras que los elementos reforzadores se distribuyen tras este: «No lo ha probado nunca», «No regalo jamás nada a nadie». La acumulación de elementos negativos —hasta cuatro unidades de significación negativa en casos extremos— produce un efecto de intensificación de la negación que no resulta en una afirmación paradójica, sino en un rechazo enfático de la realidad proposicional. Expresiones como «Por siempre jamás» constituyen excepciones en este patrón, funcionando como locuciones adverbiales fossilizadas en las cuales la negación histórica se ha transformado en afirmación positiva.

1.5. Casos especiales de negación

La expresión de la negación en español presenta una serie de fenómenos especiales que merecen consideración particular. El adjetivo indefinido negativo «ninguno», por ejemplo, puede disponerse tanto de forma antepuesta como pospuesta al sustantivo cuando la oración comienza con el adverbio negativo «no»: «No tengo ningún perro» o «No tengo perro ninguno» constituyen expresiones equivalentes, aunque el segundo orden es más característico del nivel culto. Cuando «ninguno» aparece al inicio de la oración, como en «Ningún perro ladra ahora», no requiere la presencia del adverbio «no», funcionando por sí solo como negador oracional principal.

Existen igualmente fórmulas pseudonegativas que portan una aparente negación pero que en realidad expresan significaciones positivas de grado extremado, situándose en el límite difuso entre la negación y la afirmación. Expresiones como «Me importa un comino», «No me importa un pepino» o «Valgo un bledo» utilizan sustantivos de poca relevancia para expresar, mediante una inversión irónica, la escasa importancia de algo. Estas construcciones pertenecen fundamentalmente al registro familiar y coloquial. Asimismo, la presencia de la preposición «sin» en un complemento oracional neutraliza efectivamente el valor negativo del adverbio que le precede: «Lo hizo no sin esfuerzo» equivale semánticamente a «Lo hizo con esfuerzo», produciendo un eufemismo que reduce la crudeza de la expresión negativa mediante una doble negación que resulta en significación positiva.

II. Expresión de la objeción: proposiciones adversativas y concesivas

2.1. Proposiciones coordinadas adversativas

2.1.1. Definición y clasificación

Las proposiciones adversativas constituyen un tipo fundamental de oraciones compuestas coordinadas que expresan la objeción, oposición o restricción entre dos enunciados independientes. Su definición gramatical abarca estructuras en las que dos proposiciones mantienen significados que se oponen total o parcialmente, o en las cuales la segunda proposición introduce una restricción que matiza o limita el alcance de la primera. Este mecanismo de expresión de la objeción es privativo de las oraciones compuestas en español, no siendo posible expresar la objeción mediante construcciones de oración simple, lo que constituye una característica tipológica distintiva frente a otras lenguas románicas.

La formación de la significación adversativa puede realizarse mediante tres procedimientos sintácticos diferentes que comportan grados progresivos de explicitación de la relación de contraposición. En primer lugar, la yuxtaposición de dos oraciones simples permite expresar la oposición mediante la proximidad formal y la interpretación pragmática: «Dijo que volvería; lo dudo» constituye un ejemplo de adversidad yuxtapuesta donde la puntuación y la entonación marcan la relación de rechazo. En segundo lugar, la coordinación copulativa puede también portar matiz adversativo: «Dijo que volvería y lo dudo» expresa igualmente una relación de contraposición mediante el conector mínimo «y». El procedimiento más frecuente y explícito utiliza, sin embargo, conjunciones especializadas, destinadas específicamente a señalar la contraposición entre dos miembros oracionales, con una variedad de matices semánticos que van desde la exclusión mutua hasta la simple restricción.

2.1.2. Enlaces adversativos principales

El inventario de conjunciones adversativas en el español moderno incluye un conjunto reducido pero funcionalmente importante de elementos conectivos que se distribuyen según sus características semánticas y posicionales. El conjunto fundamental de conjunciones adversativas de formación romance —careciendo el español de herederas directas de las adversativas latinas— está constituido por «pero», «mas», «sino», «aunque», «sin embargo» y «empero» (este último prácticamente arcaizado en el español contemporáneo). Estas conjunciones no son equivalentes en cuanto a sus propiedades sintácticas y semánticas, presentando cada una restricciones particulares respecto a su posición en la estructura oracional y a la naturaleza de las proposiciones que pueden conectar.

La conjunción «pero» representa actualmente la forma más frecuente y versátil de expresar la adversidad restrictiva en la lengua española contemporánea, tanto en registros cultos como coloquiales. Su característica fundamental es la de preceder invariablemente a la segunda de las proposiciones coordinadas, actuando como marcador explícito de la relación adversativa. En posición inicial de cláusula o párrafo, «pero» adquiere frecuentemente un valor extraoracional, marcando una restricción o salvedad respecto a todo lo enunciado anteriormente: «Pero veamos lo que realmente nos interesa» introduce un cambio de dirección en el discurso. En esta posición inicial, «pero» puede funcionar como marcador enfático, expresando sorpresa o extrañeza ante lo precedente, o como señal de irrupción en la conversación: «Pero fíjate en esto», donde el conector marca una intervención discursiva no estrictamente vinculada al enunciado anterior.

2.1.3. Adversativas excluyentes

Las adversativas excluyentes conforman una subclase de proposiciones coordinadas que expresan significados completamente incompatibles e irreconciliables entre las dos proposiciones unidas. En estas estructuras, la verdad de una proposición implica necesariamente la falsedad de la otra, existiendo una relación de mutua exclusión que va más allá de la simple restricción o matización. El ejemplo paradigmático de este tipo es «Dile que no haga siempre lo que quiera sino lo que se le aconseja», donde la proposición coordinada mediante «sino» rechaza completamente la alternativa de «hacer siempre lo que quiera» en favor de la acción alternativa de «hacer lo que se le aconseja».

La conjunción «sino» es el marcador característico de la adversidad excluyente en español, comportando la exigencia sintáctica peculiar de que la primera de las proposiciones coordinadas deba estar expresada en forma negativa. Esta restricción no es meramente estilística, sino que constituye un requisito sintáctico fundamental: «No se conformaron con irse sino que se llevaron todo» ejemplifica esta estructura, donde la negación en la primera proposición es indispensable para la validez gramatical de la construcción. «Sino» siempre contrapone, de manera mutuamente excluyente, una proposición afirmativa a la negación expresada en el primer miembro, generando una estructura de alternancia binaria donde no existe posibilidad de compatibilidad o coexistencia entre ambas realidades.

2.1.4. Adversativas restrictivas

Las adversativas restrictivas representan la clase más abundante y funcionalmente versátil de proposiciones coordinadas adversativas en el español contemporáneo. A diferencia de las excluyentes, estas proposiciones no expresan una mutua exclusión entre dos realidades incompatibles, sino que la segunda introduce un obstáculo, una restricción o una matización que limita el alcance o la validez de la primera sin negarla completamente. El ejemplo típico es «Puedes quedarte, pero no tardes en volver», donde la negación de tardanza no invalida la permisión de quedarse, sino que restringe sus condiciones de validez.

La conjunción «pero», como se ha señalado, es el marcador más típico de la restricción adversativa, permitiendo expresar una amplia gama de matizaciones semánticas. La conjunción «mas», heredera de la comparativa latina magis (más), mantiene también un valor restrictivo, aunque su uso ha experimentado un declive histórico dramático, siendo casi inexistente en el español coloquial contemporáneo y reduciéndose a usos literarios o de registro muy elevado. «Empero», conjunción de uso igualmente arcaizado, comporta el mismo valor restrictivo que «pero», aunque se diferencia en su versatilidad posicional: mientras que «pero» es prácticamente obligatoria ante el segundo miembro coordinado, «empero» puede encabezar su propia oración o situarse en posición intramembreña.

2.1.5. Locuciones adversativas

Más allá del inventario de conjunciones especializadas, el español moderno posee un conjunto importante de sintagmas preposicionales y adverbiales que, sin ser técnicamente conjunciones coordinantes ni constituir miembros de oraciones coordinadas adversativas, comportan significación funcional análoga a la de las adversativas, expresando restricción, contraposición o salvedad. Entre estos elementos figuran expresiones como «con todo», «esto no obstante», «fuera de», «excepto», «salvo», así como la locución menos utilizada «antes bien». Estos sintagmas poseen frecuentemente valor de conectores extraoracionales, que remiten a la totalidad de lo precedente, especialmente en los casos de «sin embargo», «no obstante» y «con todo».

Un caso especial lo constituye el conector relativo «que», que puede adquirir en ciertos contextos sintácticos un valor explícitamente adversativo, particularmente cuando aparece con marcación de negación: «El conector que (y que no) puede adquirir este mismo valor adversativo». La estructura sintáctica «excepto + sustantivo» se ejemplifica en «Le gustó toda la casa excepto la habitación que hicieron nueva», donde se establece una exclusión de la proposición de agrado respecto a un elemento específico. Estos mecanismos sintagmáticos, aunque no constituyen oraciones coordinadas en sentido estricto, funcionan pragmáticamente de manera análoga a las adversativas restrictivas, generando espacios de restricción y matización en la estructura discursiva.

2.2. Proposiciones subordinadas concesivas

2.2.1. Características y valores significativos

Las proposiciones subordinadas concesivas conforman la segunda estructura fundamental mediante la cual el español expresa la objeción, diferenciándose de las coordinadas adversativas por su carácter de dependencia sintáctica respecto a la oración principal. Estas subordinadas expresan una objeción, dificultad u obstáculo al cumplimiento de lo enunciado en la oración regente, con la peculiaridad de que, a pesar de la existencia de tal obstáculo, la acción o estado de la oración principal se realiza o se mantiene como efectivamente verdadero. Esta característica las diferencia de las subordinadas condicionales, donde la acción subordinada constituye la condición necesaria para la realización de la principal.

La relación semántica existente entre las proposiciones coordinadas adversativas y las subordinadas concesivas es de equivalencia funcional, siendo posible la conversión entre ambas estructuras sin pérdida fundamental de significación. La equivalencia se ejemplifica en la conversión entre «Está lloviendo pero saldré» (estructura adversativa coordinada) y «Aunque esté lloviendo, saldré» (estructura concesiva subordinada), donde la significación global permanece invariable aunque la estructura sintáctica cambie. Sin embargo, esta aparente equivalencia no es completa, puesto que las concesivas pueden expresar gradaciones de realidad o posibilidad inexistentes en las adversativas coordinadas, dependiendo del modo verbal utilizado en la subordinada.

2.2.2. Modos verbales en concesivas

Una característica fundamental de las proposiciones concesivas radica en su flexibilidad modal, permitiendo tanto el modo indicativo como el modo subjuntivo con diferencias significativas en el valor semántico y pragmático de la construcción. Cuando el verbo de la proposición concesiva aparece conjugado en modo indicativo, la estructura expresa la aceptación de la existencia efectiva de un obstáculo para el cumplimiento de lo enunciado en la oración principal, si bien tal dificultad se rechaza como ineficaz: «Aunque llueve, saldré» presupone la verdad efectiva del hecho «llueve» mientras se niega su eficacia para impedir la salida.

Cuando la estructura concesiva presenta el verbo subordinado en modo subjuntivo, la dificultad u obstáculo se representa únicamente como posible o hipotética, sin compromiso respecto a su actualización efectiva: «Aunque llueva, saldré» presenta la lluvia como posibilidad que se rechaza anticipadamente, no como hecho necesariamente acaecido. Esta distinción modal posee implicaciones pragmáticas importantes para la caracterización del grado de certidumbre con el que el hablante presenta la objeción y el nivel de decisión que expresa respecto a la realización de la acción principal.

Además, las proposiciones concesivas aceptan formas no personales del verbo que generan una considerable variabilidad sintáctica en la expresión de la concesión. En forma de infinitivo, la concesiva puede expresarse mediante construcciones del tipo «A pesar de habérselo dicho, no hizo caso», donde el infinitivo perfectivo marca una acción previa. En forma de gerundio, la construcción requiere típicamente la presencia del adverbio enfático «aun» en posición precedente, estableciendo una forma absoluta característica: «Aun siendo tan difícil, lo ha logrado». En forma de participio, igualmente acompañado del adverbio «aun» y en construcción absoluta, se obtiene «Aun apagadas las luces, permaneció en la sala», donde el participio mantiene su naturaleza de adjetivo verbal.

2.2.3. Enlaces concesivos

El elemento de unión más frecuente y característico de la subordinación concesiva es la conjunción «aunque», que representa en la actualidad el marcador prácticamente exclusivo de la concesión en el español coloquial. Desde una perspectiva diacrónica y morfológica, «aunque» constituye una forma compleja resultante de la gramaticalización de dos elementos funcionales: el adverbio «aun», poseedor de valor concesivo enfático originario, y el pronombre relativo «que». A pesar de esta composición históricamente bivocal, «aunque» ha experimentado un avanzado proceso de gramaticalización que lo ha convertido en una unidad funcional integrada y holística.

Otros enlaces concesivos, aunque menos frecuentes que «aunque», permiten expresar la concesión con matices semánticos diversos. Entre estos figuran «si bien», que mantiene un valor concesivo restrictivo: «Le gustaba salir los domingos, si bien regresaba pronto». La forma compuesta «aun cuando» expresa concesión con marcación del componente temporal: «Fue a hablar con él, aun cuando no quería». Elementos como «siquiera», «ya que» (cuando funciona como concesivo), «a pesar de que», «bien que» y «mal que» constituyen variantes menos frecuentes del inventario concesivo español, generalmente restringidas a registros cultos o literarios.

Una estructura sintáctica altamente característica de la expresión concesiva es la construcción «por… que», que requiere la interpolación de un adverbio o adjetivo entre ambas partes del conector, generando estructuras como «No lo compraré por muy bueno que sea», donde se expresa que la cualidad positiva del objeto, por extremada que sea, no resulta suficiente para modificar la decisión de no comprarlo. Esta estructura, de extraordinaria frecuencia en el español coloquial, permite una flexibilidad discursiva excepcional en la modulación de la concesión.

2.2.4. Formas sintácticas concesivas especiales

Existe un conjunto importante de fórmulas sintácticas especializadas en la expresión concesiva que no utilizan conectores conjuncionales tradicionales, sino que basan la expresión de la objeción en el paralelismo o repetición de formas verbales. La estructura típica consiste en la repetición de un verbo en dos formas distintas, unidas mediante un pronombre relativo sin transpositor conjuncional explícito: «Diga lo que diga», «Sea como sea», «Sea cual fuere», «Haga lo que haga». En estos casos, el pronombre relativo «que» efectúa la función de conector entre dos formas verbales, aunque permanezca implícito.

Estas fórmulas concesivas de repetición verbal presentan la característica de que ambas formas verbales se conjugan siempre en modo subjuntivo, lo cual constituye un requisito sintáctico ineludible para la validez de la construcción. El subjuntivo es obligatorio precisamente porque estas estructuras expresan acción posible o hipotética, nunca realidades establecidas en modo indicativo. Aunque típicamente la repetición verbal enlaza formas del mismo verbo, la estructura permite también la combinación de verbos distintos: «Ella parecía, dígase lo que se quiera, recién salida del infierno» ejemplifica una estructura concesiva de considerable complejidad, donde la oración subordinada de carácter parentético y concesivo genera una pausa sintáctica que interpone el comentario del hablante sobre la proposición.

III. Expresión de la opinión

3.1. Oraciones enunciativas como expresión de opinión

3.1.1. Construcciones simples

La expresión de la opinión en español presenta un desdoblamiento fundamental entre dos modalidades oracionales radicalmente distintas que se corresponden con dos registros o niveles de subjetividad diferente. La primera de estas modalidades utiliza oraciones enunciativas simples para la expresión de opiniones que pretenden mantener un cierto grado de objetividad o distanciamiento emocional respecto al contenido proposicional. Las construcciones simples de opinión presentan un patrón estructural caracterizado por la presencia de un verbo de entendimiento o estado psíquico en primera persona que rige un complemento directo: «Me gustan los helados de fresa» constituye un ejemplo paradigmático donde el verbo «gustar», en su uso psicológico característico, expresa una preferencia o gusto personal.

Estas construcciones simples de opinión presentan una estructura gramatical y semántica específica que las diferencia sustancialmente de otras oraciones enunciativas. La característica fundamental es que deben expresarse siempre en primera persona gramatical, ya sea singular o plural, puesto que la expresión de opinión requiere la manifestación de un sujeto psicológico o experiencial que es quien experimenta la opinión. Si la construcción se expresara en tercera persona, como en «Pedro cree que vendrá mañana», la estructura dejaría de ser expresión de opinión para convertirse en aserción objetiva de un hecho, consistente en informar al oyente de la creencia de Pedro, no en manifestar la propia creencia del hablante.

3.1.2. Construcciones complejas

La segunda estructura modelo para la expresión de la opinión constituye una oración compleja que incluye una proposición subordinada sustantiva de objeto directo, introducida típicamente por la conjunción completiva «que». El patrón fundamental es el siguiente: «Creo que Pedro no vendrá», estructura en la que la oración principal contiene un verbo de entendimiento (creer, opinar, pensar, considerar) o de temor y emoción (temer, sentir, lamentar), mientras que la subordinada sustantiva expresa el contenido proposicional de la creencia o temor.

Estas construcciones complejas presentan una característica sintáctica de importancia fundamental: al igual que las construcciones simples, deben expresarse obligatoriamente en primera persona, puesto que constituyen precisamente la realización lingüística de un acto de opinión del hablante. La consideración pragmática es aquí de extraordinaria importancia, pues la intención comunicativa del enunciado «Creo que vendrá mañana» es sustancialmente diferente según quien sea el sujeto de la creencia. Si es Pedro quien profiere este enunciado, realiza el acto pragmático de expresar su creencia; si es un tercero quien enuncia «Pedro cree que vendrá mañana», se limita a informar objetivamente sobre la creencia ajena, sin realizar personalmente el acto de opinión.

3.1.3. Verbos factitivos

Los verbos de entendimiento y de emoción que aparecen en la oración principal de las construcciones complejas de opinión constituyen lo que la teoría pragmática contemporánea, especialmente desde la obra fundamental de John Langshaw Austin, designa como verbos factitivos o verbos performativos. Estos verbos poseen la característica fundamental de ser verbos mediante los cuales el hablante realiza una acción al proferirlos, no simplemente describe una realidad preexistente. En el caso de los verbos de opinión, la acción realizada es precisamente la manifestación de la opinión: al decir «Creo que vendrá», el hablante no está describiendo su estado mental, sino realizando el acto de expresar una creencia.

Una consecuencia fundamental de esta naturaleza performativa es que los verbos factitivos solamente pueden utilizarse en primera persona y en presente de indicativo. El requisito de primera persona ya ha sido explicado: la acción de opinar debe ser realizada por el sujeto que profiere el enunciado. El requisito de presente es igualmente fundamental: si se utilizara un tiempo pasado, como en «Creí que vendría», el hablante no estaría realizando el acto de opinión en el momento de la enunciación, sino describiendo una creencia pasada que no constituye acción presente. Esta característica distingue netamente los verbos factitivos del resto de verbos, incluso aquellos que aparentemente expresan contenidos mentales similares, pero que carecen de naturaleza performativa.

3.2. Oraciones exclamativas como expresión de opinión

3.2.1. Interjecciones

La expresión subjetiva, personal y emotiva de la opinión en español se realiza fundamentalmente mediante oraciones exclamativas, cuya característica distintiva radica en su entonación específica, marcada por intervalos melódicos amplios y variados que reflejan la carga emocional del enunciado. El espectro de emociones posibles expresables mediante entonación exclamativa es extraordinariamente amplio: la sorpresa, la admiración, la ira, la alegría, el dolor, la tristeza y una multiplicidad de estados afectivos matizados encuentran su realización lingüística en la modalidad exclamativa.

La interjección constituye el recurso lingüístico que marca más directamente la expresividad y que mejor se adapta a la función emotiva del lenguaje. Las interjecciones permanecen en un cierto límite ambiguo entre lo puramente lingüístico y lo prelingüístico, situándose en la frontera entre el lenguaje articulado y las vocalizaciones naturales. La historia de la lingüística ha generado múltiples interpretaciones sobre la naturaleza de las interjecciones, desde aquellas que las consideran elementos prelingüísticos o extralingüísticos hasta las que las integran plenamente en el sistema gramatical del idioma.

Las interjecciones han sido objeto de un intenso debate clasificatorio a lo largo de la historia de la gramática española. Andrés Bello las definió como una parte de la oración comparable a un verbo conjugable, integrándolas en la categoría de los adverbios. Otros gramáticos, como Gili Gaya, las consideraron oraciones enunciativas completas, apreciando que toda interjección es susceptible de un desarrollo oracional equivalente: «¡Ay!» equivale a «Siento dolor», «Tengo preocupación» u otros contenidos proposicionales análogos. Alonso y Ureña conceptualizaron las interjecciones como oraciones unimembres, estructuras con un único componente nuclear sin bipartición sujeto-predicado. Para César Hernández, la interjección representa una forma sintética que puede contradecir el sistema fonológico (como en «¡pss!»), constituir un elemento del léxico (como en «¡Dios!, ¡Socorro!»), o ser un elemento de función expresiva independiente de cualquier categoría de palabras pero conforme al sistema fonológico (como en «¡Ay!»).

La característica más fundamental de las interjecciones es que la entonación constituye la verdadera portadora del contenido comunicativo, siendo imposible separar el significado de la interjección de su realización prosódica específica. Una misma secuencia fónica «ay» puede expresar dolor intenso, sorpresa, molestia o infinidad de matices emocionales distintos según la curva melódica, la intensidad y la duración con que se profiera. Las interjecciones se comportan como oraciones en cuanto constituyen unidades cerradas, autónomas y dotadas de intención comunicativa, pero se diferencian de ellas mediante su forma sintética, carente de funciones gramaticales internas diferenciadas.

3.2.2. Frases exclamativas

Las frases exclamativas constituyen un nivel de complejidad intermedio entre las interjecciones puras y las oraciones exclamativas analíticas. Estas estructuras conservan una forma sintética aunque ligeramente amplificada, presentándose típicamente como sintagmas aislados que no cumplen función alguna en una estructura oracional de carácter mayor. El ejemplo paradigmático es «¡Qué belleza!», sintagma nominal que expresa admiración y emoción sin constituir una proposición gramatical completa dotada de verbo conjugado. Las frases exclamativas están dominadas por la función expresiva del lenguaje, manifestando emociones y estados afectivos del hablante.

Estas construcciones permiten una versatilidad considerable en cuanto a su composición sintagmática. Pueden constituir sintagmas nominales simples («¡Qué horror!», «¡Increíble!»), sintagmas nominales expandidos («¡Qué día tan hermoso!»), sintagmas preposicionales («¡Con qué cuidado!»), o incluso construcciones de mayor complejidad. Lo característico es que, aunque poseen mayor amplitud formal que las interjecciones, permanecen en un nivel de síntesis muy superior al de las oraciones exclamativas analíticas, siendo precisamente esta cualidad de síntesis la que contribuye a la intensidad emocional y expresiva de estas construcciones.

3.2.3. Oraciones exclamativas tipo I

Las oraciones exclamativas tipo I presentan una estructura plenamente analítica, es decir, desarrollada en todos sus componentes oracionales principales (sujeto, verbo conjugado, complementos), pero se caracterizan por la presencia de una marca morfosintáctica distintiva consistente en un adverbio o pronombre interrogativo-exclamativo que funciona como focalizador de la emoción: los adverbios interrogativo-exclamativos «qué», «cuánto», «cuán» (de frecuencia restringida al estilo literario) y «cómo» constituyen los marcadores característicos de esta modalidad.

Ejemplos paradigmáticos de este tipo incluyen estructuras como «¡Qué buen día hace!», donde el adverbio exclamativo «qué» marca el foco de admiración o sorpresa respecto a la cualidad del día, o «¡Cuánta hambre tengo!», donde el pronombre cuantificador exclamativo «cuánta» expresa sorpresa o énfasis respecto a la intensidad del hambre experimentada. En estas construcciones, la presencia del marcador exclamativo es obligatoria para que la oración sea considerada exclamativa en sentido estricto, distinguiéndose claramente de las oraciones enunciativas mediante esta marca formal.

Las oraciones exclamativas tipo I presentan un equilibrio interesante entre la función expresiva característica de la exclamación y la función representativa que comienza a asomarse en la estructura analítica desarrollada. Aunque dominadas por la intención de expresión emocional, estas oraciones siguen representando contenido proposicional, siendo posible extraer de ellas información sobre la realidad descrita. Este equilibrio funcional constituye una característica distintiva que las diferencia tanto de las interjecciones puras como de las oraciones exclamativas tipo II.

3.2.4. Oraciones exclamativas tipo II

Las oraciones exclamativas tipo II presentan una forma plenamente analítica que es idéntica a la de una oración enunciativa ordinaria, diferenciándose únicamente mediante la inflexión tonal y la entonación específica de la exclamación. Ejemplos paradigmáticos incluyen «¡Hace un frío insoportable!» o «¡Es una niña preciosa!», donde la estructura sintáctica completa (sujeto + verbo conjugado + complementos) no difiere en nada de una oración enunciativa simple, siendo la entonación exclamativa el único indicador de la modalidad.

Un fenómeno sintáctico frecuente en las oraciones exclamativas tipo II es el cambio de orden de los sintagmas respecto al patrón neutro de la enunciación ordinaria. La conversión de una oración enunciativa simple «La casa es bonita» mediante exclamación produce típicamente una alteración del orden: «¡Qué bonita es la casa!», donde el adjetivo exclamativo se antepone generando una estructura de mayor énfasis. Sin embargo, no todas las oraciones exclamativas tipo II presentan este cambio de orden; muchas mantienen la estructura básica SVO: «¡Es una niña preciosa!» conserva el orden enunciativo ordinario mientras que la entonación y el contexto señalan la modalidad exclamativa.

IV. Expresión del deseo: oraciones desiderativas

4.1. Concepto y función lingüística

Las oraciones desiderativas constituyen una modalidad oracional caracterizada por la expresión de una vivencia consistente en la proyección de la voluntad sobre un objeto, es decir, mediante estos enunciados el hablante manifiesta el deseo de que ocurra o deje de ocurrir un evento, una acción o un estado de cosas determinado. Estas oraciones responden fundamentalmente a la función expresiva del lenguaje, siendo portadoras de la manifestación de estados afectivos, emocionales y volitivos del sujeto hablante. El deseo, como categoría psicológica y lingüística, se diferencia de la mera expresión emocional sin dirección volitiva: mientras que la emoción puede ser un estado puro sin aspiración a la realización, el deseo comporta necesariamente la intención o la esperanza respecto a la modificación de la realidad.

Las oraciones desiderativas pueden expresar deseos de naturaleza muy diversa: desde deseos imposibles o contrarios a la realidad presente («¡Ojalá fuera millonario!»), pasando por deseos probables sobre eventos futuros («¡Ojalá venga mañana!»), hasta bendiciones, enhorabuenas y expresiones de buenos augurios («Buena suerte», «Bienvenido»). Lo característico de todas estas manifestaciones es que el hablante proyecta su voluntad sobre eventos que no están bajo su control directo, expresando deseos cuya realización depende de factores ajenos a su agencia personal. Esta característica las diferencia de los mandatos y exhortaciones, donde el hablante intenta influir en la conducta ajena mediante el ejercicio de su voluntad directiva.

4.2. Formas de expresión del deseo

Las formas que adoptan las oraciones desiderativas en español presentan una diversidad considerable, oscilando entre extremos de máxima brevedad y síntesis hasta estructuras de complejidad analítica. El extremo de máxima síntesis está representado por expresiones con ausencia total de verbo conjugado, constituyendo unidades léxicas aisladas o sintagmas nominales que funcionan como desiderativas completas: «Enhorabuena», «Ojalá», «Buena suerte» y «Bienvenido» constituyen ejemplos de esta clase de expresiones verboides que funcionan pragmáticamente como desiderativas sin poseer una estructura oracional estricta.

El extremo opuesto está representado por oraciones perfectamente estructuradas con verbo conjugado, que constituyen la forma prototípica de expresión del deseo en el español culto y formal. Estas oraciones se caracterizan por una particularidad modal fundamental: llevan el verbo de la proposición principal invariablemente en modo subjuntivo, reflejando la naturaleza modal de los eventos deseados, eventos que no tienen realización presente sino únicamente existencia potencial en la mente del hablante. Esta exigencia modal es de carácter gramatical obligatorio, no siendo posible expresar deseos mediante verbos en modo indicativo sin cambiar radicalmente la modalidad oracional.

4.3. Tiempos verbales y sus valores

El presente de subjuntivo utilizado en las oraciones desiderativas comporta una notable ambigüedad temporal que requiere la determinación contextual para precisarse. Cuando el deseo se expresa con presente de subjuntivo («¡Ojalá venga!»), la realización del hecho deseado puede referirse tanto al presente del momento de la enunciación como al futuro próximo o remoto. El contexto pragmático es fundamental para la interpretación temporal: «¡Ojalá llueva ahora!» localiza la realización deseada en presente, mientras que «¡Ojalá venga mañana!» proyecta el evento deseado al futuro. La característica común es que el presente de subjuntivo expresa una distancia modal considerable entre el deseo del hablante y la posible realización del evento.

El imperfecto de subjuntivo en oraciones desiderativas presenta una complejidad temporal aún mayor que el presente. Con este tiempo verbal, la realización deseada puede referirse tanto a eventos pasados como a eventos futuros, careciendo el enunciado de cualquier especificación temporal intrínseca. «¡Ojalá viniera mañana!» proyecta el deseo al futuro, mientras que «¡Ojalá hubiera viajado!» sitúa el deseo en referencia a un evento pasado que ya ha dejado de ser modificable. Cuando el deseo presente se refiere a un cumplimiento futuro, tanto el presente como el imperfecto de subjuntivo resultan lingüísticamente válidos: «¡Ojalá venga mañana!» e «¡Ojalá viniera mañana!» constituyen expresiones equivalentes, aunque el presente introduce un matiz de menor lejanía modal, mientras que el imperfecto comporta un distanciamiento emocional y temporal superior.

Con tiempos compuestos del subjuntivo, particularmente el pretérito perfecto de subjuntivo («¡Ojalá la haya visto!»), la realización del evento deseado queda inexorablemente situada en el pasado, siendo imposible la modificación de la realidad ya acaecida. Estos tiempos compuestos expresan deseos melancólicos o nostálgicos respecto a eventos que ya han transcurrido y cuya modificación es objetivamente imposible. La utilización de tiempos compuestos en contextos desiderativos tiende a conferir una tonalidad emotiva de arrepentimiento o nostalgia al enunciado.

4.4. Marcas léxicas y entonación

Las oraciones desiderativas frecuentemente se presentan encabezadas por marcas léxicas que refuerzan explícitamente el carácter volitivo y emotivo del enunciado, acentuando el énfasis desiderativo. Entre estas marcas léxicas figuran la conjunción completiva «que», la interjección «ojalá» (de origen árabe, «wa šā’ allāh», ‘y quiera Alá’), la conjunción condicional «si» (usada en contextos desiderativos), y el adverbio «así» con valor contrafáctico: «Que llueva, que llueva», «¡Si me tocase la lotería!» e «¡Así lo hubieras oído!» constituyen ejemplos paradigmáticos de estas construcciones con marcas léxicas intensificadoras.

La entonación juega un papel fundamental en la identificación pragmática de las oraciones desiderativas, siendo frecuente la pronunciación de estas oraciones con modalidad exclamativa. Aunque gramaticalmente una oración desiderativa puede expresarse con entonación neutra o interrogativa, su expresión emotiva prototípica es la de entonación exclamativa con intervalos melódicos amplios, reflejando la carga emocional y volitiva del deseo. La práctica lingüística ordinaria demuestra que la mayoría de las realizaciones de oraciones desiderativas auténticas emplean entonación exclamativa, produciendo estructuras como «¡Que venga pronto!» o «¡Ojalá tuvieras razón!» donde la entonación refuerza el carácter desiderativo de la construcción.

V. Expresión de la exhortación: oraciones exhortativas

5.1. Concepto general y clasificación

Las oraciones exhortativas, también denominadas imperativas o directivas, constituyen la modalidad oracional mediante la cual el hablante expresa exhortación, mandato o prohibición dirigidas a modificar la conducta del interlocutor. A diferencia de las oraciones desiderativas, donde el hablante proyecta su voluntad sobre eventos de realización incierta, en las exhortativas el hablante intenta ejercer una influencia directiva sobre la acción o el comportamiento ajeno, intentando producir mediante su acto de habla una modificación observable y verificable en la conducta del oyente.

Las exhortativas constituyen una categoría amplia que abarca tres subcategorías funcionales distintas, aunque relacionadas: la exhortación propiamente dicha, el mandato y la prohibición. Aunque estas tres subcategorías comportan diferencias semánticas y pragmáticas relevantes, comparten la característica fundamental de ser modalidades oracionales mediante las cuales el hablante intenta dirigir la conducta ajena hacia la conformidad con su voluntad o deseo respecto a la realización o no realización de acciones determinadas.

5.2. La exhortación

La exhortación constituye la manifestación más atenuada del ejercicio de la voluntad directiva, diferenciándose del mandato propiamente dicho en que comporta una reducción de la fuerza ilocutoria característica del imperativo. Si bien la exhortación expresa el deseo de que el interlocutor realice una acción determinada, no lo hace mediante la asertividad y la autoridad del mandato, sino que incluye implícitamente un componente de ruego, de solicitud amable o de sugerencia que facilita la aceptación del acto requerido. La estructura «Tengamos la fiesta en paz» ejemplifica esta modalidad de exhortación mediante subjuntivo, expresando una invitación a mantener la calma que es menos imperativa que un mandato directo.

No obstante, las exhortaciones no se restringen únicamente a la utilización del modo subjuntivo. Otras formulaciones en indicativo (presente, imperfecto, futuro) pueden comportar valor exhortativo cuando aparecen acompañadas de marcas léxicas como «por favor» o cuando la entonación adopta modalidad interrogativa que genera una interpretación deferente: «¿Pueden hacerme el favor de cerrar la puerta?» constituye una exhortación expresada mediante interrogativa con valor de cortesía. De igual manera, el gesto, el contexto situacional y otros factores pragmáticos extralingüísticos pueden marcar como exhortativa una estructura que, gramaticalmente, sería enunciativa ordinaria.

5.3. El mandato

El mandato constituye la manifestación más directa y asertiva del ejercicio de la voluntad directiva del hablante. Las formas posibles para expresarlo son extraordinariamente diversas, oscilando entre estructuras altamente sintéticas y concisas y desarrollos analíticos de mayor amplitud. Una clasificación funcional divide estas formas entre aquellas que son más concisas y sintéticas, por una parte, y aquellas que están más desarrolladas y analíticas, por la otra.

Entre las formas sintéticas de mandato figuran algunas interjecciones y frases nominales que funcionan pragmáticamente como órdenes directas: «¡Silencio!» constituye una interjección que funciona como mandato de guardar silencio; «A las siete, aquí» es una frase nominal que expresa un mandato de presencia en un lugar y un tiempo específicos; «¡Eh, aquí!» es una interjección que atrae la atención e implícitamente ordena aproximación. Estas formas funcionan aunque carecen de la estructura oracional completa, generando mandatos de forma extremadamente económica y directa.

También se documenta el uso del gerundio para expresar mandato, aunque esta forma no es recogida por la Real Academia Española como normativa. Construcciones como «Callándose» funcionan pragmáticamente como mandatos de guardar silencio, aunque su estatus gramatical es problemático en la norma estándar. La forma más frecuente y canónica de expresar mandato es aquella que utiliza el imperativo conjugado, que es el modo verbal especializado en la expresión de la orden: «Venid aquí ahora mismo» (segunda persona plural) y «Salgan todos juntos» (tercera persona plural con imperativo de cortesía) constituyen mandatos en su forma prototípica.

5.4. La prohibición

La prohibición constituye el antónimo funcional del mandato afirmativo, expresando la negación de la acción que en un mandato se ordenaría realizar. Paradójicamente, aunque semánticamente prohibición y mandato son opuestos, sus expresiones gramaticales no lo son de manera simétrica. Mientras que el mandato utiliza el modo imperativo («Come tú»), la prohibición utiliza el modo subjuntivo («No cantes»). Esta aparente anomalía ha generado debate en la tradición gramatical, con algunos autores sugiriendo que el imperativo no es en realidad un modo singular, sino una serie de alomorfos del presente de subjuntivo, de manera que mandato y prohibición utilizarían de facto el mismo modo.

La distribución de modos entre mandato afirmativo (imperativo) y prohibición (subjuntivo) se ilustra claramente en pares contrastivos: «Estudiad» (imperativo afirmativo) se opone a «No estudiéis» (subjuntivo negativo); «Canta» (imperativo afirmativo) se opone a «No cantes» (subjuntivo negativo). Esta distinción modal, aunque formalmente asimétrica, establece un patrón funcional consistente en el sistema español moderno, donde la negación de la orden requiere la modalización subjuntiva.

5.5. Variantes y usos especiales del mandato

Cuando el mandato o la prohibición se expresan de modo absoluto, sin referencias específicas a tiempo, lugar o circunstancia particular, es posible sustituir el imperativo o el subjuntivo por el futuro simple de indicativo: «No matarás» (Decálogo bíblico) expresa prohibición mediante futuro con valor modal imperativo. De manera más limitada, aunque documentada en registros formales o arcaicos, el futuro puede también expresarse en mandatos coactivos o coercitivos: «Vendrán ustedes a las diez» constituye una orden expresada mediante futuro que implica coerción o mandato ineluctable.

En el habla descuidada o coloquial, resulta frecuente el uso del infinitivo para exhortar, mandar o prohibir, aunque esta construcción no se ajusta a la norma estándar académica: «¡Callar!» funciona pragmáticamente como mandato equivalente a «¡Callad!», aunque su forma es infinitiva; «No pisar el césped» es un mandato prohibitivo. El infinitivo puede aparecer también precedido de la preposición «a», generando construcciones como «¡A callar!», «¡A cenar!», donde la preposición establece una relación específica con el mandato. En contextos donde el mandato se combina con un sustantivo, este último puede tomar valor imperativo: «¡Paciencia y a aguantar!» donde el sustantivo «paciencia» funciona como mandato implícito.

Respecto al uso del infinitivo con valor imperativo, conviene enfatizar dos restricciones normativas: en primer lugar, es un vulgarismo utilizar el infinitivo en construcción afirmativa sin la preposición «a», salvo cuando el mandato se dirige a un interlocutor generalizado o impersonalizado (como en las instrucciones «Girar a la derecha»); en segundo lugar, es incorrecto formar plurales de infinitivo imperativos como «callaros», «sentaros», «iros», debiendo utilizarse en su lugar las formas reales «callaos», «sentaos», «idos». Estas formas constituyen verdaderas formas del imperativo plural, aunque de origen participial.

Para suavizar la aspereza del mandato o para expresar el deseo con mayor cortesía y deferencia, el español cuenta con procedimientos atenuadores basados en la utilización de verbos modales como «querer» y «desear» conjugados en modo condicional o en la forma -ra del imperfecto de subjuntivo: «Desearía que trabajaras un poco más» expresa un deseo formulado como mandato atenuado; «Quisiera decirle alguna cosa» es una expresión de deseo deferente que atenúa la directividad de un mandato. Estas construcciones son extraordinariamente frecuentes en contextos donde la relación social entre hablante e interlocutor comporta asimetría de poder o donde resulta pragmáticamente deseable minimizar la imposición de la orden.

Las oraciones exhortativas, particularmente aquellas que expresan mandato o prohibición, frecuentemente vienen encabezadas por la conjunción «que», generando construcciones donde la conjunción marca el carácter mandatorio: «¡Que no se repita!» constituye una expresión de mandato mediante estructura de subjuntivo conjuntivo. En las oraciones exhortativas predomina una integración compleja de funciones lingüísticas: aunque la función conativa (función apelativa dirigida a modificar la conducta) es la dominante, estas oraciones integran igualmente componentes de función representativa (al describir la acción que se ordena) y, con frecuencia, de función expresiva (al reflejar la actitud del hablante).


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Autor

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    Hola. Soy Víctor Villoria, profesor de Lengua y Literatura actualmente JUBILADO.
    Mí último destino fue la Sección Internacional Española de la Cité Scolaire International de Grenoble, en Francia. Llevaba más de treinta años como profesor interesado por las nuevas tecnologías en el área de Lengua y Literatura españolas; de hecho fui asesor en varios centros del profesorado y me dediqué, entre otras cosas, a la formación de docentes; trabajé durante cinco años en el área de Lengua del Proyecto Medusa de Canarias y, lo más importante estuve en el aula durante más de 25 años intentando difundir nuestra lengua y nuestra literatura a mis alumnos con la ayuda de las nuevas tecnologías.

    Ahora, desde este retiro, soy responsable de esta página en la que intento seguir difundiendo materiales útiles para el área de Lengua castellana y Literatura. ¡Disfrútala!

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